Documentos, precio y penalizaciones de la baja de luz con Repsol
El cese de un contrato eléctrico con Repsol puede deberse a varios motivos. Te mostramos todos los pasos para dar de baja la luz con Repsol, los documentos que necesitas y los requisitos que debes cumplir para poder hacerlo.
¿Quieres dar de baja la luz con Repsol?
¡Te ayudamos con la gestión!
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¿Cómo dar de baja la luz con Repsol?
Dar de baja la luz con Repsol es un trámite sencillo. No obstante, para que no se convierta en un proceso farragoso, es necesario conocer cómo hacerlo y bajo qué supuestos puede tramitarse.
Para tramitar el cese del contrato de la luz con Repsol es necesario ponerse en contacto con la compañía a través de alguna de estas vías:
- Telefónica
- Online
- Presencial
Canal | Contacto |
---|---|
Teléfono atención al cliente | 900 118 866 |
Web Repsol | Formulario online |
Email atención al cliente luz | [email protected] |
Oficinas | Listado de oficinas Repsol |
Los agentes de Repsol indicarán al cliente los pasos a seguir para tramitar la baja de la luz. Su petición debe ir acompañada de un documento de solicitud de baja y de una serie de datos personales que se detallarán a lo largo del artículo.
La baja de la luz con Repsol es un trámite que únicamente puede realizar el titular del contrato.
Es importante no confundir la baja de la luz con el cambio de compañía eléctrica o el cambio de titular del suministro de luz. Dar de baja la luz es aconsejable cuando se quiere dejar un inmueble sin suministro durante un tiempo prolongado.
Requisitos para dar de baja la luz con Repsol
Para dar de baja la luz con Repsol no basta con comunicarlo a la compañía, ya que también hay que hacerle llegar una serie de documentos.
En primer lugar, el titular ha de enviar un correo a [email protected] con la siguiente información:
- DNI del titular
- Tipo de suministro, en este caso luz
- Código CUPS
- Nombre y apellidos del titular
- Motivo de la baja
- Teléfono de contacto
- Fecha y firma
Esta solicitud tiene que enviarse a Repsol debidamente cumplimentada junto con una fotocopia del DNI del titular del contrato. En el momento en el que la compañía reciba toda la documentación, pondrá en marcha la tramitación del cese del suministro eléctrico.
Motivos frecuentes por los que dar de baja la luz con Repsol
En general, el cese del contrato de luz con Repsol se solicita porque una vivienda o inmueble va a quedar desocupada durante un largo periodo de tiempo. En estos casos, el coste fijo de mantener el suministro es superior al de tramitar de nuevo el alta un tiempo más adelante.
No obstante, existen tres supuestos concretos en los que la baja de la luz es habitual:
- Por fallecimiento
- Por divorcio
- Por la venta de la vivienda
Baja de la luz con Repsol por fallecimiento
En el caso de que el titular del contrato fallezca, sus familiares están obligados a dar de baja la luz o cambiar de titular.
Si la vivienda va a seguir siendo habitada, los familiares deberán solicitar un cambio de titular. Sin embargo, si la vivienda se va a quedar vacía, es conveniente realizar la baja del contrato.
El titular del contrato es el responsable legal del suministro eléctrico y, por tanto, el responsable de abonar las facturas, por lo que no puede figurar como titular una persona fallecida.
Para solicitar la baja por fallecimiento, los familiares tienen que aportar a Repsol la fotocopia del certificado de defunción y el documento que acredite la titularidad del inmueble.
Cese de contrato de luz de Repsol por divorcio
Cuando se produce un divorcio es recomendable solicitar la baja de la luz con Repsol. Esto ocurre porque en muchos casos ninguna de las dos partes decide quedarse en la vivienda conyugal y esta va a permanecer un largo tiempo desocupada.
Si por el contrario, uno de los cónyuges va a permanecer en la vivienda, lo más adecuado es, una vez que se ha comprobado que se cumplen con los requisitos para el cambio de titular de luz, solicitar dicha gestión. De esta forma, el suministro eléctrico no se interrumpirá ni se tendrán que abonar de nuevo los derechos de alta.
Baja de la luz con Repsol por la venta de una vivienda
Tramitar la baja de la luz también es recomendable en el proceso de compra-venta de una vivienda, especialmente si este se va a dilatar en el tiempo. De esta forma y hasta que tenga compradores, se evitan problemas como enganches ilegales.
¿En qué casos no se puede dar de baja la luz?
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En la mayoría de los casos, la baja de la luz con Repsol puede tramitarse sin mayor inconveniente. No obstante, hay ciertos casos en los que puede conllevar una penalización económica o en los que será necesario resolver alguna situación:
En caso de que haya alguna factura pendiente de pago: Si en el momento de solicitar la baja existe alguna factura pendiente por abonar, el cese no se podrá llevar a cabo. Primero, el titular tendrá que saldar su deuda.
En caso de que haya alguna modificación de contrato pendiente: Si hay alguna modificación pendiente en el contrato de la luz (cambio de potencia, de titular, de tarifa…) hay que esperar a que se haga efectiva para solicitar la baja.
Dar de baja la luz con Repsol es un trámite totalmente gratuito. Solicitar el cese del contrato eléctrico no conlleva, por norma general, ningún coste para el usuario. No obstante, es importante comprobar si existe algún compromiso de permanencia tanto del propio suministro como de algún servicio adicional que lleve asociado.
Estas son las tarifas eléctricas de Repsol que tienen un compromiso de permanencia de 12 meses:
- Tarifa Online
- Tarifa Online Nocturna
- Tarifa Plana
En caso de dar de baja alguna de las tarifas de luz de Repsol antes del primer año, la penalización económica que deberá abonar el cliente equivale al 5% de la energía pendiente de consumir hasta la fecha de la finalización del contrato.
Los servicios de mantenimiento eléctrico de Repsol también tienen un compromiso de permanencia de un año. Si el contrato de luz lleva asociado alguno de estos servicios, también se deberá abonar su correspondiente penalización:
- Asistente 24h
- Asistente Electrodomésticos
- Asistente Segunda Residencia
La penalización por dar de baja un servicio de mantenimiento asociado consiste en abonar las cuotas mensuales que restan hasta la finalización del contrato en una única factura.
¿Cuándo se retira el contador de luz de Repsol?
El proceso de baja de la luz no está completo hasta que no se retira el contador de la vivienda o local. La distribuidora, que suele ser la propietaria del equipo de medida, se pondrá en contacto con el consumidor para concertar una fecha de retirada.
En esa cita deberá estar presente el titular del contrato o algún mayor de edad, y se procederá también a realizar la última lectura del contador.
Si no hay nadie en la vivienda, la distribuidora también cortará el suministro pero el proceso de baja no se dará por concluido hasta la retirada del contador.
Existen casos en los que el contador del consumidor no es alquilado, si no que es propiedad del cliente. Si es así, la distribuidora no puede retirarlo, por lo que en su lugar procederá a precintarlo.
Si todo va bien, el plazo en el que se hace efectiva la baja de la luz con Repsol oscila entre los 15 y los 20 días hábiles, aunque puede depender de cada caso particular.
¿Cuánto cuesta volver a tener luz con Repsol?
Si el consumidor quiere volver a tener luz con Repsol después de haber dado de baja el suministro, deberá abonar una serie de conceptos.
La baja implica siempre la retirada del contador y la cancelación del contrato de acceso a la red eléctrica de la distribuidora de la zona. Para recuperar el suministro deberá dar de alta la luz con Repsol de nuevo y pagar las correspondientes tasas:
- Coste del alta de la luz con Repsol:
- Derechos de extensión: 17,37 €/kW + IVA
- Derechos de acceso: 19,70 €/kW + IVA
- Derechos de enganche: 9,04 € + IVA
Además, deberá entregar a Repsol la siguiente documentación:
- Nombre, apellidos y DNI del titular del contrato
- Código Universal del Punto de Suministro (CUPS)
- Potencia eléctrica
- Certificado de Instalación Eléctrica o Boletín Eléctrico
- Dirección exacta de la vivienda o local
- Datos bancarios
Si la instalación eléctrica del inmueble está en buen estado, el plazo para contar con electricidad después de haber solicitado el alta de la luz oscilará entre los 5 y 7 días hábiles.