Precios indexados eléctricos
Los precios de una tarifa de suministro eléctrico pueden ser de dos maneras diferentes: un precio fijo de consumo o un precio referenciado al mercado diario. Ambas se pueden aplicar a cualquier tarifa de acceso y a cualquier potencia, tanto en baja como media o alta tensión.
Es más usual ver esta modalidad de tarifa en grandes industrias, ya que supone un ahorro en la factura muy importante debido al elevado consumo que tienen dichos puntos de suministro.
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Ventajas de precios indexados
La principal ventaja de los precios indexados se refleja en el coste, ya que pueden ser en ciertas horas a coste 0, mientras que en esas horas con precios fijos se le está pagando un beneficio total a la compañía comercializadora, mientras que las horas en las que está más caro el mercado pool, el precio es similar en las dos modalidades. Esta es la principal razón por la que realizar un cambio a una tarifa con precios indexados supone un ahorro en la factura de luz.
Por tanto, una de las características principales de las tarifas indexadas es la transparencia que tienen entre la compañía comercializadora y el usuario final, ya que en todo momento sabe los conceptos y márgenes de beneficio que está pagando, mientras que en precios fijos no sabe el coste de la energía en cada momento ni los márgenes de beneficio que está sacando la compañía con su contrato.
Todo lo que hay que saber a proposito de los precios indexados
Término de consumo en precios indexados eléctricos
- Es en este término en el que se caracterizan las tarifas indexadas, al no tener un precio fijo que se firma en las condiciones del contrato, sino que se referencian al mercado diario mayorista. Pagando el precio de la energía según el mercado diario, se paga el coste real que tiene la electricidad, lo que constituye una ventaja imprescindible
- El precio se desglosa en una parte regulada por el gobierno (publicada en el BOE) y en otra parte donde se marca el precio total de la energía consumida por el usuario, es decir, una parte variable según el precio final de la energía eléctrica que resulta en el mercado pool. Lógicamente a este término final la comercializadora tiene que añadirle un margen de beneficio, ya que hasta aquí el precio no tiene ningún beneficio para la compañía, este margen de beneficio se denomina coste de gestión o fee
Término de potencia en precios indexados
- En el caso de los precios indexados, el término fijo de una factura, es decir, lo que se paga por la potencia contratada, está siempre referenciado al precio del peaje de acceso (publicado en el BOE), por lo que la compañía comercializadora no le saca un margen de beneficio adicional.
- Sin embargo, en las tarifas ofrecidas a los consumidores con precios fijos existen dos casos, algunas tarifas más competitivas que ofrecen el mismo precio que los indexados, y otras en las que el precio del término de potencia es algo superior
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Modalidades de precios indexados
- En estos casos, el cliente puede correr el riesgo de que el mercado mayorista se dispare, algo poco común, y pague el precio por cada MWh superior al que ofrecen las comercializadoras con precios fijos. Por lo que dentro de los precios indexados, algunas comercializadoras de libre mercado están proponiendo precios indexados con la condición de que si se dispara el precio mayorista, será la compañía la que sufra las consecuencias económicas. Esta modalidad conlleva un fee o coste de gestión superior, ya que es la compañía la que corre el riesgo y no el cliente.
Costes de una factura de luz con precios indexados
Lo que cambia en la factura
Dentro de una factura con precios indexados se encuentran los siguientes términos:
- Costes regulados ATR: Incluye los costes que se le abonan a la compañía distribuidora por los términos de potencia y de energía regulados, incluidas las penalizaciones en caso de que el maxímetro registre potencias demandadas superiores a las contratadas, los posibles costes por energía reactiva y el importe total de alquiler de los equipos de medida.
- Coste de mercado: Producto de la energía consumida en el punto de suministro multiplicada por el precio horario que marca el mercado mayorista OMIE, publicado de manera oficial.
- Pago por Capacidad: Es un precio regulado según la tarifa de ATR, que aporta al sistema estabilidad y seguridad.
- Impuestos, tanto eléctrico como el IVA de la luz.
- Remuneración de la compañía: Es el beneficio que tiene la compañía por la electricidad consumida por el cliente. Este término no se refleja en los precios fijos, por lo que aporta transpariencia a esta modalidad de tarifa.
- Coste financiero: Es un coste que tiene la compañía al acudir al mercado mayorista por la compra de grandes paquetes de electricidad.
- Sobrecostes de los desvíos: Producto de la estimación de consumo prevista y la realmente consumida. Este concepto suelen pagarlo las compañías, sin cobrarlo al cliente.