Nuevos Peajes de Acceso de Gas, ¿cómo afectan en la factura?
Los peajes de acceso de gas natural son unos costes regulados que el cliente debe abonar en todas sus facturas. Te contamos cuál te corresponde en función de tu consumo y todas las novedades que encontrarás en los peajes a partir del 1 de octubre de 2021.
¿Qué son los peajes de acceso de gas?
Los peajes de acceso de gas natural, también conocidos como tarifas de acceso, son los costes que los usuarios tienen que abonar por el hecho de disponer de gas natural en su punto de suministro y hacer uso de la red de distribución, ya sea con una tarifa regulada o libre.
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A partir del 1 de octubre de 2021, según apunta la circular 6/2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), la metodología de cálculo de los peajes de acceso sufrió un importante cambio.
¿Qué quiere decir esto? La manera de calcular y dividir los costes de cada peaje de acceso es diferente. La razón de este cambio es adaptarse al marco impuesto por la Unión Europea.
Los principales cambios que aporta la nueva normativa sobre peajes de acceso de gas natural son:
Hasta junio de 2021, los peajes de acceso incluían los cánones de acceso a almacenamientos subterráneos y los cargos de sistema. Sin embargo, en la actualidad tienen la siguiente distinción:
- Peajes de acceso (transporte, redes locales, regasificación y cánon de acceso a almacenamientos subterráneos)
- Cargos del sistema gasista
El usuario podrá encontrar esta distinción en su factura de gas, ya que las comercializadoras deberán desglosar en sus recibos la cuantía a abonar tanto por peajes como por cargos.
¿Qué son los cargos del sistema gasista?
Se trata del importe que debe abonar cada usuario para cubrir los costes del sistema gasista no asociados al uso de las instalaciones. Entre estos costes, podemos encontrar la tasa para la transición ecológica de la CNMC o desajustes temporales entre beneficios y pérdidas del sistema.
¿Qué son los cánones de acceso a almacenamientos subterráneos?
Son los costes que debe abonar el consumidor por el uso de los almacenamientos subterráneos donde se almacena el gas natural que posteriormente llega a sus puntos de suministro.
Nuevos grupos tarifarios:
Los peajes de acceso a las redes locales establecen nuevos grupos tarifarios en función del consumo anual realizado. Según el mismo, el usuario abonará un importe inferior o superior por este peaje. A continuación, se muestran los grupos tarifarios correspondientes a consumidores domésticos:
Peaje | Consumo anual |
---|---|
RL 1 | Hasta 5.000 kWh |
RL 2 | Entre 5.000 y 15.000 kWh |
RL 3 | Entre 15.000 y 50.000 kWh |
RL 4 | Entre 50.000 y 300.000 kWh |
RL: redes locales
Anteriormente, el grupo 2 estaba especificado para consumos de entre 5.000 y 50.000 kWh. Desde octubre de 2021, el grupo se divide en dos (RL2 y RL3). Además, en octubre de 2022 se incluyó el nuevo peaje RL 4 para consumos aún superiores. Esto beneficia a aquellos usuarios que tengan un consumo inferior a 15.000 kWh/año, ya que el precio a abonar será menor al que abonaba anteriormente, al estar incluido en otro rango.
Para ubicar cada punto de suministro en uno de estos grupos, la distribuidora correspondiente tendrá en cuenta el consumo realizado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2020 y 30 de junio de 2021.
Si un punto de suministro ha sido dado de alta después del 1 de julio de 2020, le será asignado un grupo tarifario en función del consumo anual previsto.
Facturación anual del término fijo:
Hasta ahora, el término fijo de la factura de gas se facturaba de manera mensual. Sin embargo, según señala la circular 6/2020, la facturación pasará a ser anual. Para calcular el precio diario, se dividirá el precio anual entre el número exacto de días que conformen el periodo de facturación.
Nuevo año gasista:
A partir de octubre de 2021, se considera como año de gas el periodo comprendido entre el 1 de octubre hasta el 30 de septiembre del siguiente año. Anteriormente, este periodo coincidía con el año natural.
¿Cuándo informarán de estos cambios las comercializadoras?
Las comercializadoras deben avisar al cliente de estos cambios y lo harán en las tres facturas previas a la fecha de modificación de los peajes de acceso. Así, los recibos de julio, agosto y septiembre deberán incorporar entre sus datos un aviso informativo para los consumidores.
Además, las compañías tendrán un periodo de transición para implementar los cambios señalados. Es decir, si el cambio en los peajes se aplica a partir del 1 de octubre, tendrán hasta el 30 de noviembre para actualizar sus facturas de gas.
¿Aumentará la factura de gas con los nuevos peajes?
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En principio, se estima que el cliente doméstico pueda generar un ahorro de hasta el 25%. Este ahorro puede venir generado por los nuevos grupos tarifarios establecidos en los peajes de acceso de redes locales, ya que hacen una división más óptima del consumo.
El usuario podrá ver en sus facturas qué importe debe abonar por los peajes de acceso y qué importe debe abonar por los cargos del sistema gasista. La comercializadora está obligada a detallar estos conceptos, por lo que el cliente podrá saber en todo momento cuál es el coste de los mismos.
¿Quién calcula los peajes de acceso de gas?
El cálculo y la determinación de los precios de los peajes de acceso corresponden a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). A partir de octubre de 2021, diferentes agentes establecen los precios.
Peajes | Agente |
---|---|
Peajes de acceso | CNMC |
Cargos del sistema | Gobierno |
Cánon de acceso a almacenamientos subterráneos | Gobierno y MITECO* |
*Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Los precios de los peajes de acceso se revisan cada año, es decir, cada 1 de octubre el importe a abonar por estos conceptos cambiará en función de los cálculos de la CNMC y el Gobierno. Serán publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
¿Cómo se dividen los peajes de acceso de gas natural?
Los peajes de acceso están incluidos dentro de la factura de gas natural y se abonan a través de dos conceptos: término fijo y término variable.
Término fijo | Término variable |
---|---|
Peajes de acceso Cargos del sistema gasista | Peajes de acceso Cargos del sistema gasista Cánon de almacenamientos subterráneos |
¿Quién asigna el peaje de gas?
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La distribuidora de gas es la encargada de asignar la tarifa de acceso de gas natural. El usuario no podrá elegir su peaje de acceso, ni la distribuidora, ya que el primero se asigna en función del consumo y la segunda, en función de la zona geográfica del punto de suministro.
Siempre que finalice el año gasista, la empresa distribuidora revisará si el grupo tarifario y el peaje de acceso asignado se corresponde con el nivel de consumo. Si no se corresponde, se procederá a reubicar el punto de suministro.