Realizar un cambio de titular de luz por fallecimiento: Pasos y Precio

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Cuando el titular de un suministro eléctrico o de gas natural fallece, es necesario que un descendiente directo informe a la compañía y realice un cambio de titularidad para hacerse cargo de los contratos de suministro energético de la persona fallecida.

¿Cómo realizar un cambio de titular por fallecimiento?

Si se produce el fallecimiento del titular de un suministro de energía en un inmueble, uno de sus familiares debe hacerse cargo de la responsabilidad del mismo y realizar un cambio de titular en el contrato de luz y gas natural para adquirir los derechos que derivan de dicho contrato. Una vez realizado, el usuario podrá cambiar la tarifa de luz o gas, realizar un cambio de comercializadora, tramitar un cambio de potencia eléctrica o dar de baja el servicio.

Si el nuevo titular no va a residir en la vivienda del fallecido es posible que considere dar de baja los suministros de energía, pero en la mayoría de casos no suele ser conveniente ya que el día que quiera volver a disfrutar del servicio, el coste por dar de alta la luz o el gas será mucho más elevado.

Documentación necesaria para realizar un cambio de titular por fallecimiento

El nuevo titular deberá contactar con la comercializadora y facilitar la siguiente documentación para poder llevar a cabo el cambio de titular por fallecimiento:

  • Documentación necesaria para llevar a cabo un cambio de titular por fallecimiento
  • Nombre, apellidos y DNI del antiguo titular
  • Nombre, apellidos y DNI del nuevo titular
  • Dirección exacta del punto de suministro
  • Tarifa de acceso del contrato de luz y/o gas natural
  • Potencia eléctrica contratada
  • Código Universal del Punto de Suministro (CUPS)
  • Número de cuenta bancaria.

Existen otros motivos por los que realizar un cambio de titular además de por fallecimiento del titular. Estos motivos son:

  1. Compraventa de un inmueble
  2. Alquiler del inmueble
  3. Divorcio o separación del titular y su cónyuge

Para cambiar de titular del contrato de luz y/o gas por cualquiera de estos motivos se requerirá la misma documentación.

¿Cuánto cuesta cambiar de titular por fallecimiento?

Cambiar de titular por fallecimiento en electricidad o gas natural es totalmente gratuito y no supone ningún coste para el cliente que lo solicite independientemente de la comercializadora con la que se lleve a cabo.

Una vez realizado el cambio de titular, el cliente podrá gestionar con la comercializadora actualmente contratada o con cualquier otra compañía energética un cambio de tarifa siempre que la permanencia del contrato haya sido cumplida.

Si el boletín eléctrico del titular del suministro ha vencido, la distribuidora a la que pertenece podrá exigirle una inspección técnica de la instalación eléctrica o de gas de su inmueble. Esta situación si conlleva un coste para el cliente.

¿Cuál es el plazo para el cambio de titular por fallecimiento?

Realizar un cambio de titular por fallecimiento conlleva un plazo estimado por las comercializadoras de entre15 a 20 días hábiles. El usuario ha de tener en cuenta que llegará una última factura a nombre de la persona fallecida, ya que el periodo de facturación a la hora de solicitarlo aún seguía abierto. Una vez cerrado dicho periodo, se establecerán los cambios solicitados por el nuevo titular.

Consejos para cambiar de titular por fallecimiento

Al llevar a cabo un cambio de titularidad por fallecimiento en un suministro de electricidad o gas natural, el cliente deberá tener en cuenta una serie de cuestiones necesarias para generar un mayor ahorro en sus facturas, incluyendo la posibilidad de realizar otros trámites:

  1. Revisar la tarifa contratada con un comparador de electricidad o gas natural, para buscar otras tarifas más económicas o cuyas condiciones se adapten mejor a sus necesidades. También podrá considerar cambiarse de compañía energética si lo considera oportuno.
  2. Si el nuevo titular no va a residir en el inmueble del fallecido, deberá considerar la contratación de una tarifa eléctrica o de gas que incorpore descuentos en el término fijo. De esta manera, al no producirse un consumo es posible ahorrar en este término y pagar mucho menos en sus facturas.
  3. Reducir la potencia eléctrica si el nuevo titular considera que es necesario siempre que la vivienda no se vaya a habitar en un largo periodo de tiempo.
  4. Unificar las facturas de electricidad y gas para que los descuentos ofertados sean mayores.
  5. Activar la facturación electrónica para que las facturas lleguen a su correo electrónico y así evitar futuros desplazamientos a la vivienda en la que están contratados los suministros.